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Las alzas de precios para 2011

Se acabaron las vacaciones, es hora de volver a la realidad, un aterrizaje turbulento para muchos toda vez que se enfrentan a la dura pero necesaria tarea de ajustar sus presupuestos para el 2011. Aquí encontrara un breve reseña de los incrementos mas relevantes para este año, téngalos en cuenta para no ser victima de abusos... 

El año nuevo viene con alzas en los precios de los bienes y servicios. Los ajustes van desde los peajes, gasolina, parqueaderos, transporte público y multas, hasta impuestos, servicios públicos, arriendos y colegios. Encuentre cuánto tendrá que pagar de más en 2011. 


El salario mínimo subió un 4% en 2011. Los colombianos ya no se ganarán $515.000 sino $535.600. Sin embargo, el aumento del mínimo no fue el único que tuvo lugar a comienzos de este año. El 2011, llegó con una serie de incrementos en los precios de bienes y servicios que van desde peajes, gasolina, multas, transporte público y parqueadero, hasta colegios, impuestos y trámites notariales.

Principales alzas de precios y tarifas

Peajes: $400
El Ministerio de Transporte anunció que desde el próximo 16 de enero, los peajes a cargo de Invías subirán el 5%, más de la inflación. El aumento de los peajes Tipo A será de $400; el de los vehículos de categorías III y IV, será de $500; y los vehículos con más de seis ejes, tendrán que pagar, adicional a la categoría V, $6.600 por cada eje adicional.


Gasolina: $100
El 2011 comenzó con un incremento en los precios de la gasolina corriente y la biogasolina (gasolina oxigena) de $100 por galón. En Bogotá, el precio de referencia de venta por galón de gasolina corriente incluida la sobretasa es de $8.099,18 y el del ACPM es de $6.928,03 El ministerio de Minas y Energía también anunció que los precios del Diesel y mezclas del anterior con el biodiesel, se mantendrán estables para el primer mes de este año.


Pasajes transporte urbano: $100
En Bogotá, las tarifas de Transmilenio, taxis, buses, busetas y colectivos aumentaron en $100 desde el 1 de enero. La carrera mínima en la capital ya no cuesta $3.200 sino $3.300 y el valor por unidad (cada 100 metros o 30 segundos) pasó de $64 a $65. Por su parte, los usuarios de Transmilenio ya no tendrán que pagar $1.600 por cada trayecto, sino $1.700. Mientras que los buses, con más de 10 años de uso, tendrán una tarifa de $1.300.
En Medellín, las tarifas se incrementaron en 2,4% desde el 3 de enero. La tarjeta cívica para cliente frecuente quedo costando $1.450, la tarjeta cívica al portador $1.525, la estudiante Metro $1.210 y Univiaje $1.750.



Comparendos: 3,4%
Según el Código Nacional de Tránsito Terrestre, el aumento de la tarifa es igual al ajuste del salario mínimo para este año, es decir de 3,4%. Los conductores deberán para por las infracciones de más alto riesgo, una multa de 45 salarios mínimos diarios, es decir $798.800. Aquellos que manejen en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas, deberán pagar esta tarifa (con una suspensión de la licencia de conducción por un período de ocho meses a un año), así como aquellos que provean combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordo (con una suspensión de la licencia por seis meses).


Si un conductor de servicio público se niega a prestar el servicio sin causa justificada, también será sancionado con multa económica de $798.800.
Aquellos que no se detengan ante un semáforo en rojo o amarillo, hagan caso omiso a una señal de pare, transiten en contravía o conduzcan sin portar los seguros, deberán pagar una multa de $532.500. Mientras que para quienes no lleven cinturón de seguridad o estacionen en un sitio prohibido, la sanción será de $266.300.

SOAT, Patios y grúas: 3,4%
Desde el primero de enero, el servicio de patios y grúas aumentó para la ciudad de Bogotá en 3,4%. De acuerdo con el incremento, por el primer día de inmovilización un vehículo liviano deberá pagar $46.600, una motocicleta $30.200, un taxi $46.200 y un bus $62.200. Por el servicio de grúa, un vehículo liviano tendrá que cancelar $81.700, uno mediano $124.300 y uno pesado $182.900.
Las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) también se incrementaron en la misma proporción que lo hizo el salario mínimo.
  
Parqueaderos: hasta $95
En Bogotá, la tarifa de los parqueaderos también aumentó. El valor máximo a pagar por un minuto de parqueadero será de $95 incluido IVA para vehículos, automóviles, camperos, camionetas y vehículos pesados y de $67 incluido IVA para motos.

Notarias: 3%
La Superintendencia de Notariado y Registro autorizó un incremento del 3% de las tarifas notariales. Desde el 1 de enero, las autenticaciones y las copias de los documentos que reposan en la notaría cuestan $2.000, las declaraciones extraproceso $9.700 y un matrimonio civil $31.600.
“Por primera vez se establece la tarifa de la firma digital, la cual quedará en $5.000 (...) Además, las medidas que adopté el Gobierno Nacional en relación con la emergencia invernal podrán modificar las tarifas en las zonas afectadas por este flagelo”, afirmó el superintendente.
Algunos de los trámites que continúan exentos de pago son las declaraciones de supervivencia, el reconocimiento de hijos extramatrimoniales y las declaraciones extraproceso de mujeres cabeza de familia.


Servicios públicos: 3%
Las tarifas de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural aumentó para los estratos 1 y 2 con base en el IPC de 2010, que se espera sea menos del 3%.

Arriendos: 3,17%
El canon de arrendamiento para los contratos celebrados antes del 10 de julio de 2003 podrán incrementarse hasta en un 3%. Para los contratos suscritos después de esta fecha, el incremento será igual a la inflación (que se ubico en un 3,17%).

Colegios: hasta 5,5%


Los colegios clasificados en el régimen controlado, podrán incrementar sus tarifas en un 3%, los que estén en el régimen de libertad vigilada podrán hacerlo hasta en un 3,5%, mientras que aquellos que están en el régimen de libertad regulada podrán hacerlo hasta en un 4%.
Los establecimientos educativos que pasen del régimen controlado al régimen de libertad vigilada podrán aplicar un incremento del 4% y los que pasen del régimen de libertad vigilada o régimen controlado, a régimen de libertad regulada incrementarán sus tarifas en 5%.
La mayoría de los colegios del país están ubicados en régimen vigilado (37% del total de colegios) y en régimen regulado (34%).
Por su parte, los establecimientos educativos que se certifiquen o acrediten con ISO9001 o cualquiera de los modelos reconocidos por el Ministerio de Educación, podrán incrementar sus tarifas para este año hasta en un 5,5% (6,5% de los colegios del país).

Impuesto al patrimonio:personas con patrimonio superior a los $1.000 millones


Hasta ahora el impuesto al patrimonio solo lo pagan personas y empresas con un patrimonio igual o superior a los $3.000 millones, pero ahora el tributo se extenderá para todos aquellos con un patrimonio superior a los $1.000.

Las tarifas a pagar son las siguientes:
- Para aquellos con un patrimonio líquido entre los $1.000 y $2.000 millones, la tarifa será del 1%.
- Para quienes tengan un patrimonio líquido entre los $2.000 y $3.000 millones la tarifa será del 1,4%.
- Para los contribuyentes con un patrimonio líquido entre los $3.000 y $5.000 millones la tarifa tendrá una sobretasa del 25%, con lo que pasarían de pagar 2,4% a 3%.
- Para aquellos con un patrimonio líquido superior a los $5.000 millones la tarifa tendrá una sobretasa del 25%, con lo que pasarían de pagar 4,8% a 6%.
Este año también se eliminó el deducible del impuesto sobre la renta por la compra de activos fijos, equivalente al 30%.


  Fuente: Finanzas Personales - Revista Dinero

¿Cuanto incrementaran los arriendos en 2011?

El arriendo la vivienda aumentará hasta en la inflación para quienes suscribieron contratos después de 2003, y hasta el 3% para los que lo hicieron antes de esta fecha. En los bienes diferentes a vivienda depende de lo que estipulado en el contrato. 



El próximo año, los cánones de los arrendamientos de bienes inmuebles se reajustarán. Las variaciones se harán de acuerdo a las fechas en que se hayan suscrito los contratos de arriendo, así como con el tipo de bienes – no aplica el mismo porcentaje para la vivienda que para una bodega o un local comercial–.

1. Para contratos de arrendamiento de vivienda urbana suscritos a partir del 10 de julio de 2003
La ley permite que el canon de arrendamiento aumente cada año hasta en el 100% del Índice de Precios al consumidor (IPC) del año anterior, siempre y cuando el incremento no exceda el 1% del valor comercial de la vivienda. Tenga presente que el valor comercial es igual a dos veces el avalúo catastral vigente. De acuerdo con las proyecciones establecidas, el incremento del IPC para el año 2010 certificado por el DANE corresponde al 3,17%. Este porcentaje será el que se tendrá que aplicar a la hora de hallar el incremento del valor de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana.





 2. Para contratos de arrendamiento de vivienda urbana suscritos con anterioridad al 10 de julio de 2003
La ley 820 de julio de 2003 estableció que todos los contratos que estuvieran en ejecución con anterioridad a esa fecha, se regirán por las disposiciones que estaban vigentes al momento de su celebración. Es por esto que el canon de arrendamiento para los contratos celebrados antes del 10 de julio de 2003 podrán incrementar cada año hasta el 3%, siempre y cuando no exceda el 1% del valor comercial de la vivienda.





3. Para contratos de arrendamiento diferentes a vivienda
El reajuste en el canon de arrendamiento de inmuebles que no sean vivienda, como locales comerciales, oficinas o bodegas, se realizará con base en lo pactado en la cláusula correspondiente a los incrementos del canon que está en el contrato que suscribieron las partes. Generalmente, este incremento se establece como el incremento del IPC del año anterior más unos puntos porcentuales. Es importante que tenga en cuenta que los reajustes en los cánones de arrendamiento de inmuebles, solo se aplicarán al momento de hacer la renovación de los contratos.


Si tiene dudas al respecto no dude en contactarnos: 
FINCA RAIZ DE BOGOTA S.A.S. 
arriendos@fincaraizdebogota.com

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