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Porcentaje de Incremento en Arrendamiento de Vivienda año 2014

¿CUAL ES EL PORCENTAJE DE INCREMENTO PARA LOS ARRIENDOS DE VIVIENDA URBANA EN EL 2014 ?


El canon de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana podrá incrementarse hasta en 1,94% durante el 2014, de acuerdo con la inflación registrada en 2013 y certificada por el Dane.

 
Este incremento está regido por el artículo 20 de la Ley 820 de 2003, aunque esta es la norma general, es importante precisar que “el canon resultante no podrá ser superior al 1% del valor comercial del inmueble. Para efectos de la Ley el valor comercial de referencia no deberá exceder dos veces el valor del avalúo catastral del inmueble arrendado”.




Para hacer efectivo los respectivos incrementos, los arrendatarios deberán ser notificados por escrito por parte del arrendador previo al inicio de la prórroga del contrato o en su defecto al empezar un nuevo período pues los reajustes de vivienda urbana se realizan cada 12 meses.

Es de considerar que con un incremento tan bajo, por efecto de la inflación de 2013, se vislumbra una valiosa oportunidad para los hogares que viven en arriendo pues podrán ahorrar o invertir dado que el incremento del canon de es inferior al aumento del salario mínimo. Esto les permitirá destinar un porcentaje cercano al 2,56% de sus ingresos al ahorro para la compra de una vivienda o en su defecto si ya cuentan con la cuota inicial facilitar el acceso a un inmueble de mejores condiciones.

 

Por ejemplo: un contrato de arrendamiento suscrito el 5 de enero de 2013 con un precio de renta de $600.000 moneda corriente, solo podrá incrementarse, a lo sumo, en $ 11.640. Es decir, la renta correspondiente para 2014 será de $611.640.


Para el caso de los arriendos de oficinas, locales comerciales y demás, dicho incremento debe ser pactado por las partes.

Si tiene dudas con respecto a este tema contáctenos...

FINCA RAIZ DE BOGOTA S.A.S.
Javier Eduardo Rojas Ruiz
Movil: 318 690 04 31
javierojas30@gmail.com



* Cuando ese contrato se haya ejecutado por el término de 12 meses bajo un mismo precio y cumplido el mismo, la renta se podrá aumentar hasta en un ciento por ciento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior. Lo anterior rige para los contratos suscritos con posterioridad al 10 de julio de 2003.

El IPC es igual a la inflación causada el año anterior, según certificación expedida por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

Porcentaje de Incremento para Arrendamiento de Vivienda año 2011

!!!¿CUAL ES EL PORCENTAJE DE INCREMENTO PARA LOS ARRIENDOS DE VIVIENDA URBANA EN EL 2011¡¡¡

Cerca de 15 millones de colombianos viven en arriendo y para todos ellos el aumento será de máximo el 3,17%, cifra que corresponde al IPC Consolidado nacional por el DANE en el año 2010.

  • Tenga en cuenta que este incremento del 3,17% en el canon de arrendamiento se aplicara en el momento de renovación de contrato y es Aplicable solo para VIVIENDA URBANA.

  • En Colombia con base en la inflación del año anterior se hacen las alzas de los arriendos para vivienda urbana según la Ley 820 del 2003, donde se prohíbe que el aumento anual sea mayor al IPC del año calendario inmediatamente anterior, la cual correspondió al 3,17% como máximo.

  • Tenga en cuenta que el incremento debe ser pagado por aquellos que tengan un contrato de arriendo de vivienda suscrito después de julio del 2003, y sólo podrá cobrarse a partir del día que deba ser renovado.
  • Por el contrario, si el contrato tiene fecha de antes de julio de ese año, el incremento será de 3% por ciento. El propietario (o quien lo represente) sólo puede aplicar el alza cada doce meses.


INCREMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

En cuanto a establecimientos comerciales (locales y bodegas) hay una reglamentación clara sobre los derechos y deberes del arrendador y del arrendatario, la cual está consignada en el Código de Comercio. Sin embargo, aquí no se destaca nada sobre los precios, por eso su regulación se da por la oferta y la demanda y los términos expuestos en el contrato de arrendamiento.

Nunca el arriendo de una vivienda puede ser mayor al 1 por ciento de su valor comercial –de venta– La estimación del valor comercial no podrá exceder el equivalente a dos veces el valor del avalúo catastral.

Para el caso de los arriendos de oficinas, locales comerciales y demás, dicho incremento debe ser pactado por las partes.

Si tiene dudas con respecto a este tema contáctenos...

FINCA RAIZ DE BOGOTA S.A.S.
Javier Eduardo Rojas Ruiz
Movil: 314 337 97 95
arriendos@fincaraizdebogota.com
servicliente@fincaraizdebogota.com



Lo que debe saber antes de aquirir un crédito hipotecario

Encuentre aquí las 14 cosas que debe hacer antes de solicitar un crédito para vivienda. Conozca qué le conviene más: un crédito con cuota fija o variable. 

A tener en cuenta:


1. Recordar que no se requiere de intermediarios para tramitar un crédito con un banco, ni para hacerle modificaciones al mismo durante su duración.

2. Buscar con el banco una asesoría que le permita tener en cuenta todos los elementos antes de iniciar el trámite.

3. Si no ha escogido la vivienda, su banco, en su proceso de asesoría, le realiza los cálculos sobre el cupo de crédito al que puede aspirar.

4. Tener claro quiénes van a adquirir la vivienda: Puede ser una sola persona la que solicite o el grupo familiar. Esto define el cupo de endeudamiento, en el que se tienen en cuenta los ingresos de los participantes.

5. Los bancos ofrecen diferentes planes de amortización, plazos y opciones de cambio durante la vida del crédito. Es importante conocerlos desde el inicio.

6. Con el fin de poder aprovechar al máximo todos los beneficios tributarios y de subsidios, es importante conocer con qué opciones se cuenta para complementar la cuota inicial, cómo acceder a un subsidio de cuota inicial, cómo acceder a un subsidio a la tasa de interés, cómo obtener el máximo de beneficios tributarios, tanto por el pago de intereses del crédito como por el pago de las cuotas de los créditos desde una cuenta AFC (Ahorro para el fomento a la Construcción).

7. Al momento de escoger qué inmueble comprar, es muy importante tener claro que los bancos financian para adquirir vivienda nueva o usada. Se debe definir además si se va a requerir un cupo de crédito adicional para cubrir reformas o mejoras.


8. Evaluar qué producto le conviene más: un crédito o un Leasing Habitacional, por ejemplo.

9. Antes de comprometerse, tener claro quién es el vendedor. Si son proyectos nuevos, la seriedad y trayectoria de la firma constructora; si son inmuebles usados, las condiciones en las que está el inmueble y los gravámenes.

10. El avalúo del inmueble es realizado por un profesional autorizado y allí se podrán evaluar aspectos a tener en cuenta para el negocio.

11. Tener claro que la entidad financiera tiene en consideración para la aprobación del crédito no sólo la capacidad de pago que tenga el solicitante sino también las condiciones de la propiedad, la cuál quedará como garantía hipotecaria respaldando el crédito.

12. Tener en cuenta que una vez aprobado el crédito, continúa un proceso de constitución de garantía antes de proceder al desembolso. Es muy importante la oportunidad y diligencia del cliente.

13. Y una vez desembolsado el crédito, es importante tener clara la fecha de pago, cómo hacerlo, los diferentes canales y también las opciones existentes para hacer modificaciones al crédito, ya sean abonos extras, cambio de día de pago o cambio de plan.

14. Estar en contacto con el banco ante cualquier inquietud es muy necesario.


Recuerde que...

La tasa de interés fija significa que usted y el banco pactan una tasa igual durante todo el periodo de duración del crédito. Por ejemplo se acuerda que los intereses se calculen al 10% durante los 15 años que usted demore en amortizar la deuda.
La tasa de interés variable fluctúa de acuerdo con determinados parámetros previamente establecidos. Puede ser un índice fijado por el Estado, un promedio basado en los principales bancos, la inflación, etc. Para nuestro caso encontramos (IPC, DTF y UVR) Tenga en cuenta que interés variable no necesariamente significa cuota variable. Ésta puede mantenerse fija durante un periodo dado, por ejemplo un año, y las diferencias que existan con los réditos causados se compensan en los pagos del siguiente período.

La tasa de interés mixta significa que la tasa se mantiene fija durante un período determinado; luego empieza a variar de acuerdo con las condiciones establecidas.

¿Qué tipo de crédito me conviene?
La teoría indica que cuando los intereses están bajos y se esperan que suban, se debería optar por préstamos en donde éstos queden fijos. Mientras que si las tasas están altas y se espera que bajen en el futuro, sería ventajoso elegir el sistema variable. En la práctica siempre es más conveniente el sistema fijo. Este le permitirá mantener un mejor control de sus finanzas. Cuando usted negocia un interés fijo sabe lo que esta haciendo, conoce sus riesgos y puede diseñar un plan de contingencia para afrontarlos. Por el contrario, los préstamos con tasas variables se pueden convertir en una lotería o una guillotina. Además, en Colombia no parece que las tasas de interés bajen en los próximos meses.

Las cuotas fijas, en general, exigen un gran sacrificio durante los primeros años, puesto que le obligaran a controlar estrictamente sus otros gastos para poder mantenerse al día con el banco. Lo cual desde el punto de vista de la disciplina financiera es muy positivo. A los pocos años recogerá la recompensa. En la medida en que su nivel de ingresos aumente, los pagos periódicos se irán haciendo, relativamente, más fáciles de manejar, y el aumento del valor de su vivienda sumará dentro de su balance. La experiencia indica que el mejor sistema para asegurar la compra de su vivienda consiste en establecer un sistema mixto de cuotas, donde usted pueda pagar una parte de su crédito en mensualidades fijas y el resto con aportes anuales coincidentes con sus picos de ingresos especiales, como bonos de vacaciones o de fin de año.


Fuente: Finanzas Personales y Bancolombia.

Que las finanzas NO arruinen su matrimonio. 1ra Parte



Decir ‘mentiras’ financieras, despilfarrar el dinero o crear dependencia económica pueden convertirse en un verdadero dolor de cabeza en su matrimonio. Diez consejos para aprender a manejar las finanzas de esa empresa, llamada hogar.




Al empezar una vida en pareja, son muchos los factores que se deben tener en cuenta para tener una convivencia agradable. Un tema bastante delicado: la administración de las finanzas del hogar, que en muchos casos no se discute antes o después del matrimonio, pero sí puede llegar a ocasionar serios problemas en esa empresa, llamada hogar. Gastar el dinero de forma irresponsable, asumir deudas insostenibles o decir ‘mentiras’ financieras pueden convertirse en un verdadero dolor de cabeza.
La planeación financiera es la única forma de tomar conciencia sobre las necesidades económicas en el hogar y determinar las estrategias más apropiadas para lograr metas comunes. Al igual que las personas, el matrimonio tiene un ciclo de vida financiero (acumulación de capital, crecimiento de capital, preservación del capital y transferencia de capital), en donde el manejo de las finanzas es una tarea en la que hay que compartir.


No se puede olvidar que después del matrimonio, su cónyuge se convierte en su socio financiero más importante. Y como en cualquier sociedad, las estrategias financieras en el matrimonio funcionan si se basan en la comunicación abierta, basada en la confianza.
Aquí le presentamos diez recomendaciones, que lo ayudarán a prevenir esos problemas, antes de que se tenga que lamentar:

1. NO tenga secretos financieros


Lo más importante es decir la verdad sobre sus deudas, sus gastos, sus inversiones y sus hábitos de consumo. Si ambos conocen los movimientos financieros del otro, se ahorran malos entendidos y cada uno sabrá que es lo que el otro desea. También dará la oportunidad de definir cuáles son las prioridades para ambos y empezar a trabajar por hacer realidad sus sueños.
No hay que esperar hasta que se presente un problema para abordar el tema del dinero, pues otras emociones pueden opacarlo. Al momento de hablar estos temas vale la pena usar un lenguaje claro y tranquilo. Hay que evitar expresiones como “tu nunca me das plata” o “eres un tacaño”. También hay que ser flexible, generoso y buen negociante, de lo contrario puede haber una lucha de poder entre ambos, en la que se hieran susceptibilidades, causen frustraciones y hayan malos entendidos.

2. Ahorre conjuntamente    
Es clave iniciar una cultura de ahorro de manera constante y periódica, y proteger el patrimonio construido. Los expertos coinciden en que, independientemente de los gastos fijos del hogar, ambas personas deberían destinar por lo menos el 10% de su sueldo como un ahorro. Estos recursos deben destinarse tanto para cumplir objetivos financieros de corto y de largo plazo, como para cubrir imprevistos.

3. Identifique metas comunes

Definir metas de corto y de largo plazo conjuntamente, así como crear presupuestos familiares, son algunas de las herramientas que facilitarán administrar su vida en pareja. Lo que se debe buscar siempre es que ambos vayan en la misma dirección y trabajen por el mismo fin –ya sea programar las próximas vacaciones, comprar una casa, cambiar de carro, montar un negocio, volver a estudiar o planear su jubilación-. Si se lleva un registro de ingresos y de gastos, podrán conocer cuál es su estado financiero cada día y comenzar a hacer una planeación.

4. Planee su jubilación desde ya

Comience a ahorrar para su vejez desde joven. Recuerde que en muy pocos casos la pensión es suficiente para asegurar un ingreso parecido al salario que recibía antes de pensionarse, así que vale la pena preguntarse que maneras puede utilizar para tener otras fuentes de ingreso cuando deje de trabajar.
Entre más años le queden para pensionarse, puede usar una política de inversión más agresiva, para hacer crecer su capital.

5. Establezca un fondo de contingencias


Reserve una parte de sus ingresos para un fondo de contingencias futuras, es decir enfermedades, accidentes, desempleo o cualquier problema que pueda presentarse. La idea es que los recursos de este fondo alcancen para cubrir por lo menos los gastos de la pareja por seis meses.



Espere la 2 parte del articulo...

Asesoría adecuada antes de tomar en arriendo inmuebles en estratos 5 y 6...

La dinámica de colocación de inmuebles dirigidos a vivienda para los estratos altos en 2010 fue mayor, según un informe de la firma Galería Inmobiliaria. La mayor rotación llevó a que se redujeran en cerca de 10% los cánones de arrendamiento.


Alirio Chaur, gerente de Mercadeo de Investigaciones y Cobranzas El Libertador, dijo que para 2011 se espera que el mercado de la vivienda continúe mostrando indicadores favorables y que los precios del arrendamiento no aumenten.

Teniendo en cuenta la evolución de este mercado, para comenzar la búsqueda de una vivienda en arriendo tenga en cuenta los precios de referencia para de esta manera llegar a un buen acuerdo. Estudios de Galería Inmobiliaria muestran que el canon promedio para el estrato 4 es $1.050.000, en estrato 5 suma $1.525.000 y en el 6 el referente es $2.300.000. En materia de precios, se dan variaciones de acuerdo al espacio y condiciones del bien.


Así mismo, para agilizar el proceso de búsqueda de vivienda, los expertos recomiendan acudir a firmas especializadas que le brinden apoyo en ésta tarea y evitar conflictos legales o que se violen los derechos del arrendador.

Recomendaciones
Expertos de Investigaciones y Cobranzas El libertador recomiendan que a la hora de buscar un inmueble primero se defina cuáles son las necesidades reales en materia de espacio, ubicación geográfica y destino que se le dará al bien.

Otra recomendación es establecer de manera cierta el presupuesto disponible para el canon de arrendamiento y así evitar penalidades por incumplimiento. En caso que la búsqueda sea directa, se aconseja que el arrendatario se asegure que el contrato sea claro y cumpla con las normas legales.

Si el inmueble que se desea se encuentra en un sector de alta competencia y hay poca oferta, es mejor asesorarse de expertos.

Así mismo, a la hora de sellar un acuerdo es mejor contar con un seguro que cubra eventualidades en caso de fallar con el arrendamiento.


Reportes de Investigaciones y Cobranzas El Libertador muestran que la necesidad de contar con un mayor respaldo para encontrar inmuebles llevó a que aumentara considerablemente la participación del sector formal inmobiliario en las transacciones tanto de venta como de arrendamiento. Mientras que hace 5 ó 6 años la participación del sector inmobiliario en las transacciones era de 20%, esta cifra se elevó a 50%.

Esto refleja, según la firma, que los arrendatarios cada vez más ven la importancia de contar con asesoría especializada no sólo para optimizar la búsqueda, sino para contar con un respaldo en materia legal a la hora de enfrentar inconvenientes con la vivienda. 

Mayor competencia llevó a que bajara el valor de la renta
El último informe de la firma Galería Inmobiliaria para Bogotá señala que en muchos casos se registró una disminución en la renta esperada para la vivienda con destino a arriendo frente al precio de venta del inmueble, esto es producto de la mayor competencia; el precio de venta de bienes usados ha mostrado incrementos reales promedio en los últimos años de 8%. 


Actualmente, el tiempo que demora un arrendador en colocar un inmueble para los estratos 4, 5 y 6 está entre los 85 días y 169 días. En algunos sectores, dichos promedios son visiblemente menores debido a que se encuentran en zonas estratégicas donde hay un gran número de empresas, lo que hace sean apetecidas debido a la necesidad de algunas personas de vivir cerca del lugar de trabajo.
 

Por: Maria Gladys Escobar
La Republica

PORCENTAJE DE INCREMENTO PARA ARRIENDOS DE VIVIENDA EN EL 2011

!!!¿CUAL ES EL PORCENTAJE DE INCREMENTO PARA LOS ARRIENDOS DE VIVIENDA URBANA EN EL 2011¡¡¡

Cerca de 15 millones de colombianos viven en arriendo y para todos ellos el aumento será de máximo el 3,17%, cifra que corresponde al IPC Consolidado nacional por el DANE en el año 2010.

  • Tenga en cuenta que en el 2011 solo habrá aumento en el canon de arrendamiento si hay renovación de contrato. Aplicable solo para VIVIENDA URBANA.

  • En Colombia con base en la inflación del año anterior se hacen las alzas de los arriendos para vivienda urbana según la Ley 820 del 2003, donde se prohíbe que el aumento anual sea mayor al IPC del año calendario inmediatamente anterior, la cual correspondió al 3,17% como máximo.
  • Tenga en cuenta que el incremento debe ser pagado por aquellos que tengan un contrato de arriendo de vivienda suscrito después de julio del 2003, y sólo podrá cobrarse a partir del día que deba ser renovado.
  • Por el contrario, si el contrato tiene fecha de antes de julio de ese año, el incremento será de 3% por ciento. El propietario (o quien lo represente) sólo puede aplicar el alza cada doce meses.


INCREMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

En cuanto a establecimientos comerciales (locales y bodegas) hay una reglamentación clara sobre los derechos y deberes del arrendador y del arrendatario, la cual está consignada en el Código de Comercio. Sin embargo, aquí no se destaca nada sobre los precios, por eso su regulación se da por la oferta y la demanda y los términos expuestos en el contrato de arrendamiento.

Nunca el arriendo de una vivienda puede ser mayor al 1 por ciento de su valor comercial –de venta– La estimación del valor comercial no podrá exceder el equivalente a dos veces el valor del avalúo catastral.

Para el caso de los arriendos de oficinas, locales comerciales y demás, dicho incremento debe ser pactado por las partes.

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¿Cuanto incrementaran los arriendos en 2011?

El arriendo la vivienda aumentará hasta en la inflación para quienes suscribieron contratos después de 2003, y hasta el 3% para los que lo hicieron antes de esta fecha. En los bienes diferentes a vivienda depende de lo que estipulado en el contrato. 



El próximo año, los cánones de los arrendamientos de bienes inmuebles se reajustarán. Las variaciones se harán de acuerdo a las fechas en que se hayan suscrito los contratos de arriendo, así como con el tipo de bienes – no aplica el mismo porcentaje para la vivienda que para una bodega o un local comercial–.

1. Para contratos de arrendamiento de vivienda urbana suscritos a partir del 10 de julio de 2003
La ley permite que el canon de arrendamiento aumente cada año hasta en el 100% del Índice de Precios al consumidor (IPC) del año anterior, siempre y cuando el incremento no exceda el 1% del valor comercial de la vivienda. Tenga presente que el valor comercial es igual a dos veces el avalúo catastral vigente. De acuerdo con las proyecciones establecidas, el incremento del IPC para el año 2010 certificado por el DANE corresponde al 3,17%. Este porcentaje será el que se tendrá que aplicar a la hora de hallar el incremento del valor de los contratos de arrendamiento de vivienda urbana.





 2. Para contratos de arrendamiento de vivienda urbana suscritos con anterioridad al 10 de julio de 2003
La ley 820 de julio de 2003 estableció que todos los contratos que estuvieran en ejecución con anterioridad a esa fecha, se regirán por las disposiciones que estaban vigentes al momento de su celebración. Es por esto que el canon de arrendamiento para los contratos celebrados antes del 10 de julio de 2003 podrán incrementar cada año hasta el 3%, siempre y cuando no exceda el 1% del valor comercial de la vivienda.





3. Para contratos de arrendamiento diferentes a vivienda
El reajuste en el canon de arrendamiento de inmuebles que no sean vivienda, como locales comerciales, oficinas o bodegas, se realizará con base en lo pactado en la cláusula correspondiente a los incrementos del canon que está en el contrato que suscribieron las partes. Generalmente, este incremento se establece como el incremento del IPC del año anterior más unos puntos porcentuales. Es importante que tenga en cuenta que los reajustes en los cánones de arrendamiento de inmuebles, solo se aplicarán al momento de hacer la renovación de los contratos.


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