Porcentaje de Incremento para Arrendamiento de Vivienda año 2011

!!!¿CUAL ES EL PORCENTAJE DE INCREMENTO PARA LOS ARRIENDOS DE VIVIENDA URBANA EN EL 2011¡¡¡

Cerca de 15 millones de colombianos viven en arriendo y para todos ellos el aumento será de máximo el 3,17%, cifra que corresponde al IPC Consolidado nacional por el DANE en el año 2010.

  • Tenga en cuenta que este incremento del 3,17% en el canon de arrendamiento se aplicara en el momento de renovación de contrato y es Aplicable solo para VIVIENDA URBANA.

  • En Colombia con base en la inflación del año anterior se hacen las alzas de los arriendos para vivienda urbana según la Ley 820 del 2003, donde se prohíbe que el aumento anual sea mayor al IPC del año calendario inmediatamente anterior, la cual correspondió al 3,17% como máximo.

  • Tenga en cuenta que el incremento debe ser pagado por aquellos que tengan un contrato de arriendo de vivienda suscrito después de julio del 2003, y sólo podrá cobrarse a partir del día que deba ser renovado.
  • Por el contrario, si el contrato tiene fecha de antes de julio de ese año, el incremento será de 3% por ciento. El propietario (o quien lo represente) sólo puede aplicar el alza cada doce meses.


INCREMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

En cuanto a establecimientos comerciales (locales y bodegas) hay una reglamentación clara sobre los derechos y deberes del arrendador y del arrendatario, la cual está consignada en el Código de Comercio. Sin embargo, aquí no se destaca nada sobre los precios, por eso su regulación se da por la oferta y la demanda y los términos expuestos en el contrato de arrendamiento.

Nunca el arriendo de una vivienda puede ser mayor al 1 por ciento de su valor comercial –de venta– La estimación del valor comercial no podrá exceder el equivalente a dos veces el valor del avalúo catastral.

Para el caso de los arriendos de oficinas, locales comerciales y demás, dicho incremento debe ser pactado por las partes.

Si tiene dudas con respecto a este tema contáctenos...

FINCA RAIZ DE BOGOTA S.A.S.
Javier Eduardo Rojas Ruiz
Movil: 314 337 97 95
arriendos@fincaraizdebogota.com
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